Saludos. Es muy interesante el acceder a las leyes vigentes en México con respecto a la Propiedad intelectual y literaria. Con respecto a los ello, puede ayudarnos el conocer: "Lo que no se puede ceder en exclusividad a nadie para su usufructo exclusivo", es decir: ¿Qué no se puede patentar? · Los principios teóricos o científicos. · Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya exista en la naturaleza, aun cuando con anterioridad fuese desconocido para el hombre. · Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos. · Los programas de computación. · Las formas de presentación de información. · Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias. · Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales. · La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de forma, dimensiones o materiales. · No son patentables, por excepción, los procesos esencialmente biológicos para la obtención o reproducción de plantas, animales, o sus variedades, incluyendo los procesos genéticos o relativos a material capaz de conducir su propia duplicación, por sí mismo o por cualquier otra manera indirecta, cuando consistan simplemente en seleccionar o aislar material biológico disponible y dejarlo que actúe en condiciones naturales. · Las especies vegetales, y las especies y razas animales. · El material biológico tal como se encuentra en la naturaleza. · El material genético. · Las invenciones referentes a la materia viva que compone el cuerpo humano. Gracias a esta legislación en México tenemos acceso a muchos tratamientos que en otros países son de uso exclusivo de los "inventores"…perdón, de los titulares de los derecho de Patente de Invención, los señores dueños de Las Transformacionales, nos suena Teraflú? Existen Paises, naciones enteras, donde no son patentables ni siquiera los fármacos para uso en tratamientos humanos, …. habla con tu diputado…. Esto no quiere decir que se vale hacer cualquier cosa a cualquier nivel de calidad técnico-científica y profesionalismo, menos en perjuicio de la salud de alguien, acto que en varias de sus modalidades se considera delito. Si comprendemos que "Soberanamente", para bien de todos los mexicanos, tenemos el derecho de que nadie tenga exclusividad sobre esta ni ninguna terapia(s) tratamiento(s) que pueden y amplían la calidad de vida de nosotros los mexicanos, incluso aumentan la duración de la vida misma de los mexicanos, duele que se use "el precio de los servicios" como excusa para pedir la anulación y el ejercicio de la "LEY" sobre los que vendan mas barato sus servicios…Sin dejar de marcar la escasa ética del mercader de la salud que lo hace en ý por puro afán de Lucro… A ver si no pasa que los "barateros" terminen dando "Cátedra" en Harvard o en el MIT, como El buen Dr. Simi… Recuerdo que se decía que hacia medicamentos con los sobrantes y mermas de baja calidad que les compraba a los "Buenos" fabricantes, yo lo escuché. Mas dato http://www.trabajo.com.mx/el_registro_de_una_patente.htm http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI/como_registrar_una_invencion_ http://avesagu.blogspot.com/2010/03/pasteur-el-ladron-de-antoine-bechamp-y.html Un abrazo.
No Comments